TESTIMONIO: VISTO Y CONSIDERANDO: La Ordenanza Nº 67/92 relacionado a reestructurar la atención en las Salas Periféricas, dándole a las mismas una mayor prestación por medio de los profesionales en las especialidades básicas de Clínica Médica, Tocoginecolo- gía y Pediatría. Que en el Artículo 4º del Proyecto de Ordenanza se deslizó un error de tipeo, lo correcto sería 238 cargos. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 70/92 ----------------------------- ARTICULO 1.- Modifícase el Artículo 4º de la Ordenanza 67/92 el que quedará re- ------------ dactado de la siguiente forma: "ARTICULO 4.- Amplíase la cantidad total de cargos de la Planta Permanente del -------------- Organismo Descentralizado Hospital Municipal Subzonal de Balcarce, que pasará a ser para el año 1992 de Doscientos treinta y ocho cargos (238)".--- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los diez días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y dos. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.----